Los magistrados analizaron el Juicio de la Ciudadanía TET-JE-310/2024 y su acumulado, donde los impugnantes solicitaron la nulidad de la elección argumentando que Hernández Montiel había excedido los límites de gasto permitidos. Sin embargo, el TET concluyó que los impugnantes no lograron demostrar la determinancia del rebase en el resultado electoral.
La Constitución prevé la nulidad de una elección por rebase de gastos de campaña solo si este es grave, doloso y determinante. Según el criterio del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), la carga de probar la determinancia recae en la parte que la sostiene, especialmente cuando la diferencia entre el primer y segundo lugar supera el 5%.
El Instituto Nacional Electoral (INE) determinó que el rebase de los gastos fue casi un 200% menor que lo alegado por los impugnantes, lo que llevó al TET a desestimar la solicitud de nulidad y a confirmar la validez de la elección en San Lorenzo Axocomanitla. Con esta decisión, Gabriela Hernández Montiel fue confirmada como presidenta municipal electa.