La Bestia Política

Emitió la CEDHT recomendación al presidente municipal de Huamantla

Las autoridades responsables son elementos de la policía de la Dirección de Seguridad Pública, Tránsito y Protección Civil Municipal

Derivado del expediente HUAM/27/2023/SVG-RN, la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Tlaxcala (CEDHT) emitió la recomendación 06/2025, dirigida al presidente municipal de Huamantla, por la violación al derecho humano a la vida, a la integridad y seguridad personal de una víctima directa.

La Comisión inició una queja de oficio al conocer de la muerte de una persona al interior de los centros de detención municipal, y una vez que se generó la investigación correspondiente, se determinó que las autoridades responsables son elementos de la Dirección de Seguridad Pública, Tránsito y Protección Civil Municipal (DSPTYPCH).

Por tal motivo, la CEDHT recomendó a la autoridad municipal que se otorgue a víctima indirecta la reparación del daño de manera integral, comprendiendo el aspecto económico, psicológico y tanatológico al que tiene derecho.

Asimismo, instruir a la instancia correspondiente el inicio de procedimiento sancionador de responsabilidad administrativa, en conformidad con las disposiciones relativas al régimen disciplinario.

También recomendó que se instruya a quien corresponda para que genere un curso integral de educación, formación y capacitación para los elementos de la policía, médico legista y funcionarios públicos adscritos a la DSPTYPCH, en materia de aproximación a los derechos humanos y obligaciones y deberes del estado, debiendo realizar acciones y adoptar medidas para prevenir hechos como los investigados, en el área de detención preventiva municipal.

La recomendación también pide el reconocimiento de los actos violatorios por parte del presidente municipal de Huamantla, condenando dichos actos cometidos, en el que deberá establecer el compromiso de la no repetición, cumpliendo la presente recomendación, la cual deberá difundirse a través de los medios de comunicación oficiales de dicho ayuntamiento.

Además, pidió a la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (Ceavit) realizar el registro correspondiente de la víctima directa y la indirecta, para que adquieran la calidad de víctimas.

La autoridad recomendada deberá dar una respuesta de aceptación o no aceptación de la recomendación, dentro de los quince días hábiles siguientes a su notificación.

En caso de no aceptar la recomendación, la autoridad deberá fundar, motivar y hacer pública su negativa, para lo cual el Congreso del Estado podrá llamar, a solicitud de este organismo, a las autoridades responsables para su comparecencia.