La Bestia Política

Ordena TET reinstalación de regidor morenista acusado de violencia contra su esposa

Fabiola MÁRQUEZ/ El Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) ordenó al ayuntamiento de Tlaxcala la reinstalación de Alejandro Alonso “N”, primer regidor propietario por Morena, quien enfrenta un proceso penal por el delito de violencia familiar en agravio de su esposa.

Durante la sesión ordinaria, el Pleno atendió el Juicio de la Ciudadanía TET-JDC-062/2025, promovido por Alonso “N” en contra del ayuntamiento de Tlaxcala, al que acusó de omisión tras no dar respuesta a su solicitud de reincorporación al cargo, luego de haber solicitado licencia por tiempo indefinido.

En su análisis, las magistraturas determinaron que: El actor fue electo por voto ciudadano como primer regidor propietario; su licencia fue concedida por tiempo indeterminado, sin una fecha específica de reincorporación; la normativa establece que, al solicitarlo, debe reincorporarse sin obstáculos injustificados; y el ayuntamiento no respondió a la solicitud ni realizó actos para reintegrarlo.

El Tribunal sostuvo que los derechos político-electorales del regidor no pueden restringirse salvo por causa fundada y que los cargos de elección popular son irrenunciables. Por ello, instruyó al cabildo capitalino a realizar todos los actos necesarios para reincorporarlo a sus funciones.

El fallo precisó que la decisión no prejuzga sobre otros procedimientos de tipo penal, administrativo o de responsabilidad política, que podrían derivar en consecuencias jurídicas adicionales.

Recordar que paralelamente, la Fiscalía General de Justicia del Estado (FGJE), a través de la Fiscalía Especializada en Delitos de Violencia de Género, mantiene abierta una investigación contra Alonso “N” por violencia familiar, tras la denuncia presentada por su esposa Edith “N”.

De acuerdo con la carpeta de investigación, el regidor golpeó y retuvo contra su voluntad a la víctima. La denuncia se logró gracias a que Edith “N” envió una fotografía de su estado a la activista Yeny Charrez, quien alertó a la Policía de Género. Finalmente, la mujer fue rescatada en un domicilio de Apetatitlán y trasladada al Centro de Justicia para las Mujeres, donde interpuso la denuncia.

Según el testimonio de la activista, antes de liberarla, el agresor obligó a la víctima a cambiarse de ropa para ocultar las manchas de sangre que evidenciaban la agresión.

El presidente municipal de Tlaxcala, Alfonso Sánchez García, informó en su momento que el regidor solicitó licencia para enfrentar el proceso judicial, al tiempo que condenó enérgicamente la violencia de género dentro del servicio público. “El Ayuntamiento no tolerará actitudes que fomenten desigualdad o agresiones”, advirtió.

Por su parte, la diputada local del PRD, Laura Flores Lozano, exigió que el caso no quede impune. “Hago un enérgico llamado a que las autoridades ministeriales apliquen estrictamente la ley, sin beneficios ni influencias políticas que permitan al acusado evadir la justicia”, señaló desde tribuna.

Alejandro Alonso “N” enfrenta el proceso judicial mientras el Tribunal Electoral ha ordenado su reincorporación al cabildo de Tlaxcala. La determinación abre un nuevo frente de debate entre el respeto a los derechos político-electorales y la exigencia social de garantizar justicia en casos de violencia de género.

EL BOLETIN DEL TET.

Ordena reinstalación de regidor morenista de Tlaxcala acusado de violencia conta su esposa 

Durante la sesión ordinaria del Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TE) ordenó al ayuntamiento de Tlaxcala, la reinstalación de un regidor.

El Pleno atendió lo relativo al Juicio de la Ciudadanía TET-JDC-062/2025, promovido por el primer regidor propietario del ayuntamiento de Tlaxcala con licencia, en contra de omisiones que atribuye a dicho ayuntamiento, pues tras su solicitud para que se convocara a sesión de cabildo y se aprobara su reincorporación al cargo, el Ayuntamiento no ha dado respuesta.

En su demanda, el actor señaló al ayuntamiento de Tlaxcala de afectar su derecho de ejercer el cargo porque, al habérsele concedido licencia por tiempo indeterminado como primer regidor propietario, tiene derecho a ser reincorporado en sus funciones cuando lo solicite, por lo que recurrió al TET, instancia que declaró fundado el agravio por las razones siguientes:

El Actor fue elegido mediante el voto ciudadano para ejercer el cargo como primer regidor propietario.

El Ayuntamiento le concedió licencia por tiempo indeterminado, es decir, sin fijar una fecha para su reincorporación.

El modelo normativo busca que el Ayuntamiento se integre y ejerza sus funciones en condiciones representativas óptimas, esto es, con todas las personas funcionarias propietarias, pues el electorado votó por fórmulas integradas por candidatura propietaria y suplente, en el entendido de que las personas propietarias solo dejarían el cargo por causas extraordinarias.

Cuando por alguna causa la persona propietaria deje el cargo transitoriamente y solicite su reincorporación, la directriz normativa aplicable exige su reingreso sin obstáculos injustificados, pues con ello no solo se satisface el derecho político – electoral de la persona involucrada, sino el derecho de la colectividad a que el ayuntamiento funcione de forma óptima, con sus representantes propietarios o con todos los que sea posible.

Los cargos de elección popular son irrenunciables, salvo causa que justifique dejar de ejercer un puesto otorgado por voluntad popular.

Está acreditado que el Actor presentó una solicitud para reincorporarse a su función.

El Ayuntamiento no ha contestado la solicitud del Actor, pero, sobre todo, no ha procedido a realizar los actos tendentes a reincorporarlo a sus funciones como primer regidor propietario para tutelar el derecho humano del Actor y de la sociedad de que el Ayuntamiento funcione en condiciones óptimas con las personas elegidas como propietarias.

No se advierte causa justificada ni evidencia que justifique que el Actor no sea reincorporado en el cargo en la línea de que los derechos humanos solo pueden limitarse o restringirse mediante una causa fundada.

Sobre tales bases, se destacó que el TET “tiene el deber constitucional y jurídico de adoptar decisiones que no limiten o restrinjan derechos humanos, como el político – electoral de ser votado en su vertiente de acceso y ejercicio de un cargo de elección popular, salvo causa debidamente justificada. En el caso, no se halla dentro de la prueba de que se dispone, indicios razonables que hagan posible tomar una decisión que prolongue la limitación al derecho del Actor de ser reincorporado en el cargo para el que fue electo, y menos que justifiquen prorrogar la falta de funcionamiento óptimo del Ayuntamiento de integrarse por todas las personas electas como propietarias”.

Por ello, la determinación no prejuzga sobre las consecuencias jurídicas que pudieran derivarse de otros procedimientos de tipo penal, administrativo, de responsabilidad política o civil, con posibles efectos en el acceso y el ejercicio del cargo del Actor, pero la labor del Tribunal se encuentra limitada a determinar si, conforme a los elementos del caso, es constitucional y legal garantizar el derecho del Actor y de la ciudadanía a que se le reincorpore en el cargo como primer regidor propietario.

En consecuencia, se ordenó al ayuntamiento de Tlaxcala realizar todos los actos necesarios para reincorporar al Actor en el ejercicio de su cargo como primer regidor propietario.