Mariana LOVERA | En la Primera Sesión Ordinaria de la Comisión Permanente del Congreso del Estado de Tlaxcala, Diputados del Grupo Parlamentario de Morena presentaron una iniciativa para adicionar párrafos al Artículo 25 de la Constitución Política local, con el objetivo de establecer como causal de nulidad de las elecciones en la entidad aquellos casos en que se acrediten actos de intervención o injerencia extranjera que influyan en los resultados comiciales.
La propuesta, encabezada por el diputado Ever Alejandro Campech Avelar, responde a la reciente reforma federal al Artículo 41 de la Constitución Mexicana —publicada el pasado 2 de junio de 2026— que incorporó dicha causal de nulidad a nivel nacional. De acuerdo con la iniciativa, se busca armonizar el marco jurídico de Tlaxcala con el mandato constitucional federal para evitar vacíos normativos y proteger la soberanía popular.
En la exposición de motivos, los legisladores argumentan que la soberanía popular, consagrada en el Artículo 39 de la Constitución General, exige que la voluntad ciudadana se exprese sin coacción, manipulación ni interferencias externas. Señalan que las democracias contemporáneas enfrentan riesgos no solo de prácticas tradicionales como la compra de votos, sino también de conductas provenientes del extranjero capaces de incidir en la opinión pública y en la equidad de las contiendas.
La reforma local propone adicionar un párrafo segundo y un párrafo tercero al Artículo 25 de la Constitución de Tlaxcala, precisando que será causa de nulidad de las elecciones locales por violaciones graves, dolosas y determinantes, los casos en que se acrediten actos de intervención o injerencia extranjera que influyan en los resultados electorales.
Los promoventes destacan que la causal no es automática ni discrecional: para que proceda, las autoridades electorales deberán demostrar la existencia del acto, su origen externo y su incidencia directa en los resultados. De esta forma, se distingue entre opiniones o expresiones extranjeras sin relevancia jurídica y conductas que efectivamente distorsionen la voluntad popular.
El proyecto de decreto incluye tres artículos transitorios. El primero establece que la reforma entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. El segundo instruye al Instituto Tlaxcalteca de Elecciones y al Tribunal Electoral de Tlaxcala a revisar y adecuar sus normativas para garantizar el cumplimiento de la medida. El tercero ordena remitir el decreto a los 60 ayuntamientos de la entidad para los efectos constitucionales correspondientes.
La iniciativa fue turnada a la Comisión Permanente del Congreso local para su análisis y dictamen. De ser aprobada, Tlaxcala se convertiría en una de las primeras entidades en homologar su legislación electoral en materia de nulidad por injerencia extranjera.
