*Solo en caso de ataque con arma de fuego por parte de personas que integren el conflicto o ajenas a ellas, los elementos policiales, actuando bajo el principio de absoluta necesidad, podrán repeler la agresión mediante el uso de armas letales, detalla el protocolo de actuación policial para prevenir y atender casos de linchamientos en el estado de Tlaxcala, el cual prevé dos anillos  más con el uso de armas incapacitantes menos letales.

Miguel JUÁREZ/ Polémica generó la publicación de un decreto por parte del gobierno del Estado de Tlaxcala, el cual permite a policías antimotines  repeler la agresión bajo el principio de absoluta necesidad, mediante el uso de armas letales en caso que esté en riesgo su vida cuando intenten frustrar un linchamiento, como ya sucedió en los  últimos meses en la entidad.

En redes sociales, diversos activistas y académicos cuestionaron a la Gobernadora Lorena Cuéllar Cisneros y al Secretario de Gobierno, Sergio González Hernández por esta medida que calificaron de fallida en contra de la inseguridad que azota al estado.

Ese fue el caso de Sergio Negrete Cárdenas, académico e investigador del ITESO consignó en sus redes sociales que, en el caso de Tlaxcala, hay un problema de inseguridad e impunidad, lo que lleva a que personas tomen justicia por propia mano y cuestiona si la solución en Tlaxcala es que se les balazos a la gente. «Hay un problema de inseguridad e impunidad, lo que lleva a que personas se tomen justicia por la propia mano (sí, también está mal). ¿La solución de @LorenaCuellar y Sergio González en Tlaxcala? Que les puedan dar de balazos. Los abrazos, por lo visto, son solo para los criminales.», expresó en Twitter. 

En tanto, Jorge Garcés, activista, recriminó que ordenen disparar contra ciudadanos en caso del linchamiento. “La gente está tan desesperada por la falta de seguridad que están tomando justicia por propia mano”, detalló.

Hasta el momento no hay una postura oficial de la administración estatal sobre estas reacciones que ha generado la entrada en vigor de este decreto.

LOS TRES ANILLOS DE SEGURIDAD QUE ESTABLECE EL DECRETO. 

Cabe precisar que el llamado Protocolo de actuación policial para prevenir y atender casos de linchamientos en el estado de Tlaxcala entró en vigor el pasado 11 de febrero, luego de su publicación en el Periódico Oficial del Estado, el cual establece en su apartado de la intervención policial y niveles de uso de la fuerza, donde  prevé que la  Secretaría de Seguridad Ciudadana, una vez conocido el hecho y estando coordinada con la persona primer respondiente, deberá controlar el lugar de los hechos, mediante la conformación de tres anillos de seguridad, mismos que se encontrarán conformados de la siguiente manera.

El Primer anillo indica que dentro de este perímetro se encontrará la persona denominado primer respondiente, junto con los elementos policiacos de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, quienes deberá colocarse a una distancia de 15 a 20 metros de donde se encuentre la multitud; los elementos policiales deberán constituirse en el lugar de los hechos y emplear los dos primeros niveles del uso de la fuerza conforme lo establecido en el artículo 11, fracciones I y II de la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza, asimismo se designará a una persona negociadora con la finalidad de disuadir a las personas de cometer el linchamiento y que realicen la entrega voluntaria de la o las personas retenidas, si la multitud no quisiera negociar con el elemento designado.

Si con motivo de los diálogos se llega al acuerdo de hacer la entrega de la o las personas retenidas, se realizará el procedimiento jurídico-administrativo correspondiente a fin de que las personas detenidas sean puestos a disposición ante la autoridad competente de manera inmediata; exhortando a las partes afectadas a realizar la denuncia correspondiente.

El Segundo anillo prevé que dentro de él se encontrará personal con equipo antimotín, los cuales emplearán los niveles 3 y 4 del uso de la fuerza conforme lo establecido en las fracciones III y IV del artículo 11 de la Ley Nacional Sobre el uso de la Fuerza, con la finalidad de extraer a la o las personas retenidas.

Cuando por algún motivo no se haya podido llegar a un acuerdo con la multitud y se encuentre en peligro la integridad de la o las personas deberán ubicarse a una distancia aproximadamente de 50 a 60 metros de donde se encuentre la multitud; realizarán la extracción de la o las personas retenidas mediante las técnicas y tácticas policiales, pudiendo hacer uso de armas incapacitantes menos letales conforme al artículo 15 fracción primera sobre la Ley Nacional Sobre el Uso de la Fuerza para dispersar a la multitud y facilitar el rescate de las personas retenidas privilegiando su atención médica.

En tanto, el Tercer anillo  estará conformado con un mayor número de personal policiaco quienes deberán portar armas letales, y se encontrarán ubicados a una distancia de 70 metros de donde se encuentre la multitud, y sólo podrán hacer uso de la fuerza letal de conformidad a lo establecido en el artículo 11 fracción V de la Ley Nacional Sobre el Uso de la Fuerza.

En caso que existan amenazas letales y la resistencia sea real, actual o inminente, el personal policiaco deberá actuar solo en caso de ataque con arma de fuego por parte de personas que integren el conflicto o ajenas a ellas, y actuando bajo el principio de absoluta necesidad, podrán repeler la agresión mediante el uso de armas letales.

En caso de realizar la detención de una o varias personas, deberán poner a disposición de manera inmediata ante la autoridad competente siguiendo el procedimiento jurídico-administrativo correspondiente.

El personal de seguridad que se ubicaba en el primer y segundo anillo, deberá replegarse y permanecer pendiente ante cualquier apoyo que se requiera.

En caso de que los elementos policiales se percaten de que la multitud consumó el linchamiento de una o varias personas, deberán; acordonar el área de intervención y solicitar la presencia de las autoridades competentes para realizar el levantamiento del o de los cuerpos.

Puedes consultar aquí de forma detallada el  PROTOCOLO DE ACTUACIÓN POLICIAL PARA PREVENIR Y ATENDER CASOS DE LINCHAMINTOSEN EL ESTADO DE TLAXCALA