• Con ello también se confirma la entrega de constancias de mayoría a Irma Yordana Garay Loredo como diputada federal electa por la coalición Sigamos Haciendo Historia, y a José Antonio Álvarez Lima y Ana Lilia Rivera Rivera como senadores electos por Morena

Arturo POPÓCATL | La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la validez de las elecciones federales en el distrito 03 con cabecera en Zacatelco y de Senadurías en el estado de Tlaxcala, al resolver impugnaciones presentadas por los partidos Acción Nacional (PAN) y Movimiento Ciudadano, respectivamente.
Con ello, en una sesión celebrada la noche de este jueves, confirmó la validez de las elecciones y la entrega de constancias de mayoría a Irma Yordana Garay Loredo como diputada federal electa por la coalición Sigamos Haciendo Historia, y a José Antonio Álvarez Lima y Ana Lilia Rivera Rivera como senadores electos por el Partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena).
En el caso del distrito 03, el PAN impugnaba los resultados de las actas de cómputos del Consejo Distrital del Instituto Nacional Electoral (INE) y sostenía una causal de nulidad bajo el argumento de que la votación, el día de la jornada electoral del 2 de junio, fue recibida por personas funcionarias no facultadas para ello.
Sin embargo, los magistrados electorales resolvieron que, contrario a lo afirmado por el PAN en su demanda, las personas mencionadas sí estaban facultadas para recibir la votación en casilla, al existir coincidencia entre la persona designada por el INE en el encarte, con la que desempeñó un cargo en la jornada electoral.
Asimismo, determinaron que fueron previamente insaculadas, capacitadas y designadas por el personal del INE para desempeñarse en las funciones que se desarrollarían durante el día de la elección; sin que su actuar haya traído alguna consecuencia en la operatividad de las mesas directivas de casilla, “en tanto no existe algún dato reportado por algún supuesto actuar indebido en las actas de jornadas, escrutinio y cómputo y hojas de incidencias”.
En ese sentido, afirmaron desempeñaron en alguna función dentro de las mesas directivas de casillas, su actuación resultó jurídicamente válida.
En el caso de Movimiento Ciudadano, su impugnación fue desechada de plano debido a que su representante propietario ante el Consejo General del INE no contaba con legitimación procesal suficiente para impugnar, a nombre del partido, el cómputo, declaración de validez y entrega de constancias de mayoría de la elección de senadurías por Tlaxcala.
“Solo las personas representantes de los partidos políticos acreditadas ante los órganos emisores se encuentran legitimadas para promover válidamente medios de impugnación contra la actuación de esos órganos electorales, en el contexto de la celebración de los respectivos comicios electorales”, resolvió por unanimidad la Sala Regional Ciudad de México.