{"id":16485,"date":"2023-02-17T23:26:28","date_gmt":"2023-02-17T23:26:28","guid":{"rendered":"https:\/\/labestiapolitica.com.mx\/?p=16485"},"modified":"2023-02-21T03:16:41","modified_gmt":"2023-02-21T03:16:41","slug":"si-violaron-derechos-humanos-en-pasada-protesta-de-mujeres-en-tlaxcala-pero-la-cedh-reparte-culpas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/labestiapolitica.com.mx\/?p=16485","title":{"rendered":"Si violaron derechos humanos en pasada protesta de mujeres en Tlaxcala, pero la CEDH reparte culpas"},"content":{"rendered":"<p>Foto de archivo de NIERIKA IMAGES.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Fabiola M\u00c1RQUEZ\/ Tlaxcala\/ Casi un a\u00f1o despu\u00e9s, la Comisi\u00f3n Estatal de los Derechos Humanos emiti\u00f3 una recomendaci\u00f3n tras las protestas de marcha de mujeres, activistas, el pasado ocho de marzo del 2022, en donde admiti\u00f3 que hubo violaciones de derechos humanos por parte del gobierno del Estado y del Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE), y para ello formul\u00f3 diversas medidas de satisfacci\u00f3n y no repetici\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En una repartici\u00f3n\u00a0 de culpas pract\u00edcamente, en el caso de la Secretar\u00eda de Seguridad Ciudadana, luego que sus elementos se enfrentaron con las manifestantes, la CEDH le recomend\u00f3 emitir un Protocolo de Actuaci\u00f3n Policial para la Seguridad y Atenci\u00f3n de Manifestaciones en favor de los Derechos de las Mujeres para el Estado de Tlaxcala, debiendo capacitar a las personas servidoras p\u00fablicas de seguridad y polic\u00edas municipales.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Inclusive, justific\u00f3 que todos los efectivos estatales que intervinieron en el operativo de la marcha del 8M recibieron un correctivo disciplinario, pero no detalla cu\u00e1l.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Mediante un extenso comunicado de prensa,\u00a0 la CEDH hizo p\u00fablica la Recomendaci\u00f3n General 01\/2023, dirigida a las personas titulares de la Secretar\u00eda de Seguridad Ciudadana (SSC), de la Secretar\u00eda de Gobierno, de la Procuradur\u00eda General de Justicia del Estado (PGJE) y del Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE), por la violaci\u00f3n de derechos humanos a la legalidad y seguridad jur\u00eddica, a la integridad y seguridad personal, a la libertad de expresi\u00f3n, a la libertad de reuni\u00f3n, a la libertad personal y al acceso a la justicia.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Esta Recomendaci\u00f3n General tiene su origen, de manera indirecta, en los hechos suscitados el 8 de marzo de 2022, durante el desarrollo de una manifestaci\u00f3n, protesta o marcha de grupos de mujeres, activistas, colectivos y organizaciones, con el fin de mostrar p\u00fablicamente su opini\u00f3n contra cualquier tipo de violencia hacia ellas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Sin embargo, en la Recomendaci\u00f3n General la CEDH tambi\u00e9n hace un an\u00e1lisis del contexto de ocho diferentes manifestaciones realizadas de agosto de 2021 y diciembre de 2022, donde se identifica que las coincidencias de las personas protestantes fue buscar escenarios para incidir y transformar las condiciones de g\u00e9nero que producen la violencia contra las mujeres, al externar circunstancias de violencia que han vivido y viven en su d\u00eda a d\u00eda en todos los \u00e1mbitos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En esa perspectiva, la CEDH propone a la asamblea del Congreso del Estado, por conducto de su diputado presidente de la Mesa Directiva, Bladimir Zainos Flores, diversos puntos con el objetivo de prevenir futuros acontecimientos que pudieran generar inconformidades similares a las que dieron origen a esta Recomendaci\u00f3n General 01\/2023.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Cabe destacar, que dentro de esta Recomendaci\u00f3n General la CEDH hace un llamado a las autoridades destinatarias para generar un escenario de colaboraci\u00f3n, y construir pol\u00edticas de prevenci\u00f3n de actos materiales que afecten o criminalicen la protesta social leg\u00edtima y justificada, y en la cual participen colectivos integrados por personas defensoras de derechos humanos, adem\u00e1s de garantizar, desde una concepci\u00f3n preventiva, la efectiva incorporaci\u00f3n de la perspectiva de g\u00e9nero, considerando los tipos y modalidades de violencia y discriminaci\u00f3n que enfrentan las mujeres y las ni\u00f1as en el tejido social.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u201cCualquier actuaci\u00f3n de las autoridades que participen en el contexto de una manifestaci\u00f3n o protesta debe garantizar el pleno ejercicio de este derecho, adem\u00e1s de que el Estado debe establecer las condiciones adecuadas para el disfrute pleno de quienes lo ejercen, y si bien durante su desarrollo algunas personas participantes realizan actos violentos o hechos con apariencia de delito, no deben atribuirse a estas protestas, pues sus intenciones y acciones tienen un car\u00e1cter pac\u00edfico\u201d, se\u00f1ala la Recomendaci\u00f3n de referencia.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Por otra parte, al acreditarse vulneraciones a los derechos humanos por actividad administrativa irregular, atribuible a servidores p\u00fablicos estatales, y a fin de lograr la efectiva restituci\u00f3n de las personas afectadas en sus derechos fundamentales, la CEDH formul\u00f3 diversas medidas de satisfacci\u00f3n y no repetici\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En el caso de la garant\u00eda de satisfacci\u00f3n, la CEDH reconoce que el Estado, como parte del reconocimiento de su responsabilidad de resarcir el tejido social y de fortalecer la construcci\u00f3n de paz, ha realizado acciones orientadas a dignificar al colectivo social promoviendo y ejecutando ejercicios interinstitucionales para prevenir conductas como las sucedidas durante el desarrollo de la manifestaci\u00f3n, protesta o marcha del 8 de marzo de 2022 en la Plaza de la Constituci\u00f3n de la Ciudad de Tlaxcala.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En ese sentido, destaca acciones emprendidas por parte de diversas entidades p\u00fablicas, como las relativas a la Declaratoria de Alerta de Violencia de Genero, la Agenda para la Atenci\u00f3n de los Derechos Humanos de las Mujeres en Tlaxcala y la reciente creaci\u00f3n de la Polic\u00eda de G\u00e9nero.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Respecto de la garant\u00eda de no repetici\u00f3n, la CEDH considera relevante que la Secretar\u00eda de Seguridad Ciudadana del Estado, en el marco de su competencia, instrumente mecanismos, medidas legales y administrativas para hacer efectivos los derechos de las v\u00edctimas. De manera particular, considera necesario realizar un estudio y an\u00e1lisis de contexto, a fin de emitir un Protocolo de Actuaci\u00f3n Policial para la Seguridad y Atenci\u00f3n de Manifestaciones en favor de los Derechos de las Mujeres para el Estado de Tlaxcala, debiendo capacitar a las personas servidoras p\u00fablicas de seguridad y polic\u00edas municipales.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Esta medida podr\u00e1 ser materializada en coordinaci\u00f3n con el personal especializado de la CEDH, debiendo puntualizar los temas relativos al desempe\u00f1o de la funci\u00f3n p\u00fablica que dio origen a la queja, al tiempo de que los elementos policiales deben conocer de manera plena su actuaci\u00f3n concreta respecto de dicho Protocolo. Asimismo, se debe promocionar la observancia de lo establecido por el orden jur\u00eddico mexicano y los tratados internacionales suscritos y ratificados por el Estado mexicano en materia de derechos humanos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">De hecho, al existir nulo manejo de acciones concretas o de acciones insuficientes y negligentes por parte de la autoridad se\u00f1alada, se desemboc\u00f3 en resultados poco favorables para la debida intervenci\u00f3n de los cuerpos policiacos, ante una poblaci\u00f3n molesta que reaccion\u00f3 con violencia.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En este contexto, la CEDH advierte que se substanci\u00f3 el expediente de investigaci\u00f3n administrativa SSC-U.A.I\/18\/2022 ante la Unidad de Asuntos Internos de la Secretar\u00eda de Seguridad Ciudadana, en el que determin\u00f3 aplicar el correctivo disciplinario a todos y cada uno de los elementos que intervinieron en el operativo de la marcha del 8M.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Adem\u00e1s, esa Secretar\u00eda llev\u00f3 a cabo el \u201cCongreso Multidisciplinario en Seguridad P\u00fablica\u201d, a trav\u00e9s del cual fueron capacitadas aproximadamente 2 mil 200 personas pertenecientes a las instituciones de seguridad p\u00fablica estatal y municipal que participaron en el curso denominado \u201cPolic\u00edas frente al derecho a la protesta social\u201d, impartido por el organismo no gubernamental Amnist\u00eda Internacional.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">De igual manera, la CEDH propone la adopci\u00f3n permanente de acciones tendientes a formar y capacitar a las personas que integran los cuerpos de seguridad p\u00fablica sobre los principios y normas de protecci\u00f3n de derechos humanos, respecto de los \u00e1mbitos de seguridad p\u00fablica, procuraci\u00f3n y administraci\u00f3n de justicia, atendiendo los hechos que se sucedieron antes y despu\u00e9s del 8 de marzo de 2022.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u201cLa CEDH sostiene que es una realidad que se debe trabajar en la pretensi\u00f3n de que, en el rubro de prevenci\u00f3n, las autoridades destinatarias de esta Recomendaci\u00f3n General replanten sus acciones, planes y programas para evitar hechos violatorios de derechos humanos\u201d, precisa.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>RECOMENDACIONES PARA LA SECRETARIA DE SEGURIDAD CIUDADANA.\u00a0<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En lo que se refiere a las Recomendaciones emitidas por la CEDH, respecto de la Secretar\u00eda de Seguridad Ciudadana son las siguientes:<br \/>\nPrimera: Que en todas sus actuaciones, diligencias u operativos, su actuaci\u00f3n policial se ajuste con una perspectiva de g\u00e9nero y enfoque de derechos humanos, y cumplan con su obligaci\u00f3n de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos; as\u00ed como proponer acciones encaminadas a garantizar la no repetici\u00f3n de violaciones a derechos humanos de las personas defensoras de derechos humanos, mujeres integrantes de colectivos, asociaciones civiles y periodistas que ejerzan su derecho a la protesta, para evitar en lo posible las expresiones sociales de contenido violento que por acci\u00f3n u omisi\u00f3n vulneren los derechos humanos de este grupo de atenci\u00f3n prioritaria.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En ese sentido, deber\u00e1 implementar de manera inmediata las medidas precautorias suficientes y necesarias para garantizar la seguridad de todas las personas que participen y presencien manifestaciones y marchas de protesta, a trav\u00e9s de acciones como vigilancia permanente y vialidad por parte de elementos de seguridad p\u00fablica y tr\u00e1nsito; y en su caso, evite realizar cualquier acto injustificado, ilegal o arbitrario en su contra, en el entendido que dichas medidas deber\u00e1n dictarse bajo los principios de m\u00e1xima protecci\u00f3n, necesidad, proporcionalidad, confidencialidad, oportunidad y eficacia.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Asimismo, que las personas servidoras p\u00fablicas que integran la unidad denominada \u201cPolic\u00eda de G\u00e9nero\u201d, cuenten con acreditaci\u00f3n o certificaci\u00f3n en temas de \u201cCultura de Paz\u201d, \u201cIgualdad de G\u00e9nero\u201d y \u201cEnfoque de Derechos Humanos en la Actualizaci\u00f3n Policial\u201d, conforme a los lineamientos que esa Secretar\u00eda deber\u00e1 expedir en un plazo no mayor de 15 d\u00edas naturales.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">De igual manera, elaborar y expedir el \u201cProtocolo de Actuaci\u00f3n Policial con Perspectiva de G\u00e9nero y Enfoque de Derechos Humanos\u201d, as\u00ed como su mecanismo para que las personas servidoras p\u00fablicas de esa Secretar\u00eda conozcan su contenido y forma de ejecutarlo, en un plazo no mayor de 15 d\u00edas naturales, adem\u00e1s de establecer que el cumplimiento de este Protocolo ser\u00e1 verificado por un grupo interdisciplinario por lo menos de forma semestral.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Por \u00faltimo, establecer un proceso constante de profesionalizaci\u00f3n a los cuerpos policiales con la debida acreditaci\u00f3n con perspectiva de g\u00e9nero y enfoque de derechos humanos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>RECOMENDACIONES PARA LA SECRETARIA DE GOBIERNO.\u00a0<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">A su vez, las Recomendaciones emitidas a la persona titular de la Secretar\u00eda de Gobierno son:<br \/>\nPrimera: Dise\u00f1ar e implementar un \u201cPrograma Estatal con Perspectiva de Derechos Humanos\u201d que considere la recepci\u00f3n y atenci\u00f3n de las peticiones ciudadanas en manifestaciones, protestas o marchas de mujeres y\/o de cualquier otro colectivo social en espacios p\u00fablicos en el Estado.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El contenido de ese programa debe establecer un mecanismo de seguimiento y evaluaci\u00f3n participativa de los poderes p\u00fablicos o de cualquier otra dependencia centralizada o descentralizada, Organismo P\u00fablico Aut\u00f3nomo o Municipio, para dar respuesta a la petici\u00f3n formulada por el colectivo social inconforme; realizar jornadas de difusi\u00f3n y fomento de la cultura de la legalidad y de la denuncia, a trav\u00e9s de actividades dirigidas a la ciudadan\u00eda, principalmente a los grupos de atenci\u00f3n prioritaria.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Segunda: Coordinar una \u201cMesa de Seguimiento y Evaluaci\u00f3n\u201d entre la PGJE y el TSJE, a efecto de formar una agenda de trabajo sobre las carpetas de investigaci\u00f3n y expedientes que han sido dados a conocer por las personas participantes en las manifestaciones, y que han generado inconformidad en su investigaci\u00f3n e integraci\u00f3n procesal, a efecto de que cuidando el debido proceso, la confidencialidad y respeto a los derechos humanos de las partes, se les d\u00e9 el seguimiento procesal correspondiente y atenci\u00f3n oportuna a las partes en su resoluci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>RECOMENDACIONES PARA LA PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA.\u00a0<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Por su parte, las Recomendaciones a la persona titular de la PGJE son:<br \/>\nPrimera: Exhortar a su personal operativo para la atenci\u00f3n al debido proceso a v\u00edctimas u ofendidos del delito, as\u00ed como a personas imputadas, sobre todo en lo que se relaciona a las investigaciones que se tienen pendientes respecto a los hechos con apariencia de delito o delitos bajo su investigaci\u00f3n que lastiman la dignidad de las personas, a la par de reforzar la procuraci\u00f3n de justicia con perspectiva de g\u00e9nero.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Segunda: Certificar o acreditar como \u201cPromotores de una Cultura de Paz\u201d, \u201cIgualdad de G\u00e9nero y Enfoque de Derechos Humanos en la Investigaci\u00f3n de los Delitos\u201d, a los Ministerios P\u00fablicos, peritos y polic\u00edas de investigaci\u00f3n que tengan bajo su responsabilidad la investigaci\u00f3n de delitos relacionados con grupos de atenci\u00f3n prioritaria. Para cumplimiento de lo anterior, se podr\u00e1n considerar los lineamientos expedidos por la CEDH respecto a certificaci\u00f3n en esta materia.<br \/>\nTercera. Participar en la \u201cMesa de Seguimiento y Evaluaci\u00f3n\u201d, establecida en la recomendaci\u00f3n segunda que es competencia de la Secretar\u00eda de Gobierno del Estado.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>RECOMENDACIONES PARA EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA.\u00a0<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En lo que se refiere a las Recomendaciones a la persona que ocupa la presidencia del TSJE y del Consejo de la Judicatura:<br \/>\nPrimera: crear una agenda de compromisos para dar respuesta a las demandas de las mujeres que se encuentran en situaci\u00f3n de justiciables por cuestiones de g\u00e9nero.<br \/>\nSegunda: participar en la \u201cMesa de Seguimiento y Evaluaci\u00f3n\u201d, establecida en la recomendaci\u00f3n segunda, que es competencia de la Secretar\u00eda de Gobierno del Estado.<br \/>\nTercera: reforzar los aspectos relacionados con la justicia y la perspectiva de g\u00e9nero, as\u00ed como protocolos relacionados con la administraci\u00f3n de justicia para grupos de atenci\u00f3n prioritaria.<br \/>\nCon base a lo anterior, a las autoridades se\u00f1aladas se les requiere designar a la persona servidora p\u00fablica de alto nivel jer\u00e1rquico, con facultades de decisi\u00f3n, para fungir como enlace con la CEDH a fin de dar seguimiento a las acciones tendentes al cumplimiento de Recomendaci\u00f3n. Asimismo, en un plazo no mayor a 30 d\u00edas h\u00e1biles, deber\u00e1n informar a la CEDH sobre las acciones emprendidas a corto, mediano y largo plazo sobre el cumplimiento de las Recomendaciones, debiendo remitir evidencia de las mismas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>RECOMENDACIONES PARA EL CONGRESO DEL ESTADO.\u00a0<\/strong><br \/>\nPor \u00faltimo, respecto de las propuestas realizadas a la persona que ocupa la presidencia de la Mesa Directiva del Congreso del Estado, \u00e9stas son las siguientes:<br \/>\nPrimero: impulsar una reforma constitucional local en el sentido de adicionar al art\u00edculo 19 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica local, el inciso relacionado con el derecho a la protesta social.<br \/>\nSegundo: iniciar el procedimiento legislativo para expedir la Ley de Protecci\u00f3n de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas del Estado de Tlaxcala, y con la misma, la creaci\u00f3n del Mecanismo de Protecci\u00f3n para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas del Estado de Tlaxcala.<br \/>\nTercero: crear e impulsar una \u201cMesa de Trabajo\u201d para conformar una agenda paralela a la aprobada para el actual Periodo Ordinario de Sesiones, a fin de realizar una revisi\u00f3n integral al Marco Jur\u00eddico Local y proponer las reformas que resulten necesarias en materia de igualdad de g\u00e9nero, derechos humanos y atenci\u00f3n a grupos prioritarios.<br \/>\n-oOo-<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Foto de archivo de NIERIKA IMAGES. 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