Las reacciones han sido diversas, desde aquellos que usan brutalidad policiaca de parte del gobierno de Lorena Cuéllar, y que la falta de confianza a las autoridades ha aumentado el riesgo de justicia por su propia mano.
Otras, que respaldan el uso del llamado Protocolo de actuación policial para prevenir y atender casos de linchamientos en el estado de Tlaxcala que entró en vigor el pasado 11 de febrero, el cual establece en su apartado de la intervención policial y niveles de uso de la fuerza, donde prevé que la Secretaría de Seguridad Ciudadana, una vez conocido el hecho y estando coordinada con la persona primer respondiente, deberá controlar el lugar de los hechos, mediante la conformación de tres anillos de seguridad, mismos que se encontrarán conformados de la siguiente manera.
El Primer anillo indica que dentro de este perímetro se encontrará la persona denominado primer respondiente, junto con los elementos policiacos de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, quienes deberá colocarse a una distancia de 15 a 20 metros de donde se encuentre la multitud; los elementos policiales deberán constituirse en el lugar de los hechos y emplear los dos primeros niveles del uso de la fuerza conforme lo establecido en el artículo 11, fracciones I y II de la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza, asimismo se designará a una persona negociadora con la finalidad de disuadir a las personas de cometer el linchamiento y que realicen la entrega voluntaria de la o las personas retenidas, si la multitud no quisiera negociar con el elemento designado.
Si con motivo de los diálogos se llega al acuerdo de hacer la entrega de la o las personas retenidas, se realizará el procedimiento jurídico-administrativo correspondiente a fin de que las personas detenidas sean puestos a disposición ante la autoridad competente de manera inmediata; exhortando a las partes afectadas a realizar la denuncia correspondiente.
El Segundo anillo prevé que dentro de él se encontrará personal con equipo antimotín, los cuales emplearán los niveles 3 y 4 del uso de la fuerza conforme lo establecido en las fracciones III y IV del artículo 11 de la Ley Nacional Sobre el uso de la Fuerza, con la finalidad de extraer a la o las personas retenidas.
Cuando por algún motivo no se haya podido llegar a un acuerdo con la multitud y se encuentre en peligro la integridad de la o las personas deberán ubicarse a una distancia aproximadamente de 50 a 60 metros de donde se encuentre la multitud; realizarán la extracción de la o las personas retenidas mediante las técnicas y tácticas policiales, pudiendo hacer uso de armas incapacitantes menos letales conforme al artículo 15 fracción primera sobre la Ley Nacional Sobre el Uso de la Fuerza para dispersar a la multitud y facilitar el rescate de las personas retenidas privilegiando su atención médica.
En tanto, el Tercer anillo estará conformado con un mayor número de personal policiaco quienes deberán portar armas letales, y se encontrarán ubicados a una distancia de 70 metros de donde se encuentre la multitud, y sólo podrán hacer uso de la fuerza letal de conformidad a lo establecido en el artículo 11 fracción V de la Ley Nacional Sobre el Uso de la Fuerza.
En caso que existan amenazas letales y la resistencia sea real, actual o inminente, el personal policiaco deberá actuar solo en caso de ataque con arma de fuego por parte de personas que integren el conflicto o ajenas a ellas, y actuando bajo el principio de absoluta necesidad, podrán repeler la agresión mediante el uso de armas letales.
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La caminera...¿Qué viene con el protocolo? Lo que pasó en Zacatelco evidencia que se aplicó el segundo anillo, y que lo que podría venir es que el tercero sea el siguiente paso en caso que existan amenazas letales y la resistencia sea real, actual o inminente, el personal policiaco podrá responder solo en caso de ataque con arma de fuego por parte de personas que integren el conflicto o ajenas a ellas, y actuando bajo el principio de absoluta necesidad, podrán repeler la agresión mediante el uso de armas letales.
Hasta el momento no hay información oficial sobre el proceso legal de los presuntos hampones rescatados, ¿cuántos son? y si ya existe una denuncia en su contra, pues no de haberla, recuperarán su libertad.
No se puede solapar que la población decida quitar la vida a cualquiera, pero quienes aplican justicia deberían evitar la impunidad y buscar que los casos se resuelvan y que los delincuentes no salgan libres, lo cual genera el ansia de linchamientos.
Lo más importante, es que quienes se dicen víctimas, interpongan sus denuncias penales, pues de lo contrario nada sirve.
La otra, es saber quiénes capacitan sobre la aplicación del protocolo a los policías, y los negociadores, pues es evidente que quienes lo hicieron en Zacatelco y ahí estuvo Ramón Celaya, fracasaron.
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Ahora sí, la última y nos vamos…La palabra del alcalde y los policías…El presidente municipal de Cuapiaxtla, Antonio Romero Rodríguez, negó que haya golpeado y amenazado de muerte a tres policías de la administración que encabeza, hechos por los que fue denunciado penalmente ante la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE).