Marco MUÑOZ/Tlaxcala/ En lo que puede considerarse un nuevo revés jurídico al Poder Legislativo de Tlaxcala, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), resolvió  las controversias constitucionales promovidas  por los ayuntamientos de Contla, Yauhquemehcan y Tlaxco, por lo que invalidó los preceptos de la Ley Municipal de Tlaxcala, en los cuales se establecía la incorporación de los presidentes de comunidad a los cabildos municipales, con carácter similar al de un regidor y con derecho a voto.

Recordar que el poder Legislativo llevó a cabo reformas  a la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala,  quienes decidieron que los presidentes de comunidad recuperaran su derecho al voto, la cual es contraria al 115 constitucional donde detalla la integración de los ayuntamientos, la representatividad de los regidores y la forma en que se eligen, fue el argumento en la corte.  Estos efectos serán para los tres ayuntamientos citados líneas arriba.

Recordar que esta reforma fue realizada por la  LXII Legislatura,  la cual entraría en vigor en 2021 con las nuevas autoridades, sin embargo, la actual legislatura dominada por Morena y sus aliados resolvió mediante un transitorio en diciembre del 2018 que esta  facultad del derecho al voto en los cabildos de los presidentes de comunidad, sería a partir del uno de enero del 2019.