Por Arturo J. Martín
Cuando Richard Dawkins introdujo el término meme en The Selfish Gene, en 1976, buscaba una palabra para describir unidades culturales capaces de transmitirse mediante imitación. Una melodía, una creencia, una moda; algo pasa de una mente a otra, se modifica durante el trayecto y, si encuentra condiciones favorables, continúa reproduciéndose. Cincuenta años después, México produjo involuntariamente un ejemplo casi didáctico: la llamada Ley Antimemes.
El primer problema es bastante sencillo y debería decirse sin rodeos: la Ley Antimemes no existe. No existe una legislación mexicana con ese nombre, tampoco una disposición que establezca de manera general que hacer memes sobre políticos o instituciones gubernamentales sea delito. Lo que existe es una reforma legislativa con disposiciones sobre identidad gráfica institucional, falsificación, engaño y sanciones; existe también un artículo 403 Bis cuya redacción merece discusión, particularmente por las preguntas que puede suscitar respecto de sus alcances y de la libertad de expresión.
Entre ambas cosas hay una distancia considerable. Sin embargo, esa distancia desapareció durante la circulación digital. El razonamiento fue aproximadamente éste: existe una reforma que contempla sanciones relacionadas con determinados usos de identidad gráfica institucional; algunas interpretaciones señalaron posibles riesgos para expresiones satíricas; esa preocupación se condensó hasta producir una formulación mucho más eficaz: «podrían encarcelarte por hacer memes». Finalmente apareció el nombre que ordenaba toda la historia: Ley Antimemes.
No estamos exactamente ante una mentira. Eso sería demasiado sencillo. Estamos ante un dispositivo narrativo construido a partir de elementos parcialmente ciertos, reorganizados de tal manera que producen una conclusión que el texto jurídico, por sí mismo, no sostiene. Hay reforma, hay sanciones y existe una discusión legítima sobre sus límites; lo que no existe es la ley que la narración terminó construyendo. Precisamente por eso funciona tan bien. Las mejores simplificaciones políticas rara vez parten de cero.
La Ley Antimemes posee entonces una existencia extraña: jurídicamente es inexistente, comunicativamente es real. Tiene nombre, adversarios, víctimas, imágenes, publicaciones y personas discutiendo apasionadamente sobre ella. Incluso obliga a políticos y periodistas a desmentir o explicar algo que formalmente nunca existió. En términos bastante elementales, la comunicación produjo el objeto sobre el cual después continuó comunicándose.
Dawkins habría reconocido a la criatura.
El proceso resulta comprensible. Un texto legislativo relativamente complejo entra en un ecosistema donde debe competir por algunos segundos de atención; durante el trayecto pierde condiciones, excepciones y matices, conserva aquello que puede reproducirse y finalmente sale convertido en dos palabras. Leer un dictamen exige tiempo, comprender sus consecuencias requiere todavía más; indignarse necesita segundos. No hace falta atribuir estupidez a nadie. La arquitectura selecciona, y nosotros hemos aprendido a vivir dentro de esa selección.
Durante años pensamos que disponer de más información nos volvería personas mejor informadas. Era una idea razonable y, como muchas ideas razonables, resultó parcialmente falsa. Nunca habíamos llevado tantas bibliotecas en el bolsillo; tampoco habíamos pasado tantas horas deslizando el dedo sobre videos de quince segundos. Ahora una reforma legislativa debe competir, en la misma pantalla, con guerras, gatos, abdominales y hombres que anuncian desde un automóvil la destrucción definitiva de Occidente.
En ese ambiente ciertas derechas radicales encontraron un territorio especialmente fértil. No inventaron el meme, tampoco el resentimiento; ambos preceden ampliamente a internet. Pero determinados movimientos comprendieron las posibilidades políticas de una comunicación basada en simplificación, ironía, antagonismo y reapropiación. No siempre hace falta comenzar con una doctrina. Puede comenzarse con una frase suficientemente eficaz.
La llamada Ley Antimemes posee exactamente esa estructura. Hay un poder que censura y una ciudadanía censurada; hay libertad de un lado y Estado del otro. Una discusión jurídicamente incómoda queda reorganizada como relato moral perfectamente inteligible. El mecanismo no necesita falsificar todos los hechos; le basta con seleccionar algunos, eliminar otros y establecer de antemano la relación entre ellos. El usuario recibe entonces algo mucho más cómodo que información: recibe una historia.
Aquí Bajtín resulta más útil que muchos manuales sobre desinformación. Los signos circulan, son apropiados y regresan con otro acento. Una reforma sobre determinados usos de identidad institucional entra al espacio digital y vuelve convertida en «el gobierno quiere prohibir los memes». El referente permanece reconocible, pero su significado ha cambiado. No estamos simplemente ante información falsa; estamos ante una reacentuación política de acontecimientos parcialmente verdaderos.
Esto ayuda también a comprender una parte de las culturas digitales de ultraderecha. Su eficacia no puede reducirse a difundir noticias falsas. Sería intelectualmente cómodo. Resulta más importante observar su capacidad para construir marcos dentro de los cuales acontecimientos distintos comienzan a confirmar una misma narración: nos censuran, nos sustituyen, nos engañan, nos están quitando algo. Después cada nuevo acontecimiento puede insertarse en la estructura sin demasiadas dificultades.
El algoritmo tampoco necesita compartir semejante visión del mundo. Para eso tendría que creer en algo. Simplemente optimiza. Puede recomendarnos nacionalismo, cosméticos, conspiraciones y una campaña contra la desinformación durante la misma hora; no percibe contradicción, percibe actividad. Nosotros proporcionamos la emoción. La plataforma contabiliza segundos.
Por eso la Ley Antimemes constituye un objeto particularmente revelador. No existe como ley y, sin embargo, consiguió producir efectos comunicativos reales. Fue nombrada, denunciada, defendida, caricaturizada. La inexistencia jurídica dejó de importar porque había adquirido existencia narrativa.
Y aquí aparece el problema que realmente me interesa. Los memes no son solamente objetos humorísticos; pueden funcionar como pequeñas tecnologías de subjetivación. No determinan nuestras ideas, pero participan en la producción reiterada de marcos: esto merece risa, aquello indignación; éste pertenece a nosotros, aquel pertenece a ellos. Después de miles de horas frente a interfaces que exigen reconocimiento inmediato, sería extraño que nuestra percepción permaneciera completamente intacta.
La disputa política digital ocurre entonces un poco antes de donde acostumbramos buscarla. No solamente en qué pensamos, sino en las condiciones mediante las cuales aprendemos cómo interpretar aquello que aparece frente a nosotros. La ultraderecha disputa ese territorio, las izquierdas también; el Estado intenta regular algunas fronteras y las plataformas convierten el conflicto entero en interacción monetizable. Incluso nuestras guerras culturales producen métricas. El capitalismo tardío posee ese tipo de sentido del humor.
Dentro de algunos años quizá nadie recuerde qué decía exactamente el artículo 403 Bis. Ley Antimemes, en cambio, podría sobrevivir; habrá perdido casi toda relación con las condiciones jurídicas que la originaron y conservará aquello que necesitaba para reproducirse: un nombre, un conflicto, una amenaza.
Es difícil imaginar un desenlace más apropiado.