- En este momento la dirigencia estatal se encuentra en espera de las resoluciones que emita el TEPJF sobre diversas impugnaciones perredistas
El presidente interino del Partido de la Revolución Democrática (PRD), Sergio Juárez Fragoso, afirmó que no será sino cuando formalmente, en el ámbito nacional se pierda el registro, cuando la dirigencia estatal en Tlaxcala solicite el registro como partido político local ante el Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE), lo cual podría suceder hasta el próximo mes de septiembre.
“Si se confirma la pérdida de registro, ya nos notificarán formalmente a los partidos locales y estaremos en condiciones de solicitar nuestro registro como partido local toda vez que reunimos los requisitos que establece la Ley General de Partidos Políticos, es decir, obtuvimos más del tres por ciento de la votación y postulamos candidaturas en más de la mitad de los municipios y distritos locales, sin embargo, este procedimiento iniciaría a partir de septiembre, en todo caso”, señaló el actual dirigente perredista.
Sin embargo, precisó que por el momento el PRD esperará a que se resuelvan las impugnaciones presentadas ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) con respecto al resultado y cómputo de algunas diputaciones federales. “A partir de eso el Instituto Nacional Electoral ya tendrá resoluciones y criterios para que se pueda confirmar o no la pérdida del registro por parte del partido”, dijo.
Juárez Fragoso abrió la posibilidad de que con alguna resolución por parte del Tribunal, en el sentido de anular alguna elección o recontar votos en algunos distritos electorales, se pudiese modificar el porcentaje del PRD en la elección. “Eso es el preámbulo para detener por el momento la pérdida del registro”, indicó.
Cabe recordar que el pasado 10 de junio el INE notificó la desaparición del PRD después de no alcanzar el tres por ciento de la votación en las elecciones del pasado 2 de junio.
Con esa notificación, el PRD deberá cumplir con lo establecido en los artículos 385, numerales 2 y 3, y 386 del Reglamento de Fiscalización, que implica diversas obligaciones, entre las cuales destacan que el partido únicamente podrá pagar gastos relacionados con la nómina e impuestos; deberá suspender cualquier pago a proveedores o prestadores de servicios; no podrá celebrar contratos, compromisos, pedidos, adquisiciones u obligaciones y las que celebre, adquiera o realice, se anularán; y abstenerse de realizar transferencias de recursos o valores a favor de persona alguna, independientemente de que sean trabajadores, dirigentes, militantes o simpatizantes.