•  El próximo lunes el OFS entregará su informe anual de resultados al Congreso del Estado.

Arturo POPÓCATL | Tal y como sucedió en el ejercicio de 2022, aquellos entes fiscalizables que no alcancen al menos 70 puntos en la evaluación del uso, destino y comprobación de sus recursos económicos, reprobarán la cuenta pública correspondiente al ejercicio fiscal del año 2023.
Así lo acordaron este jueves los integrantes de la Comisión de Finanzas y Fiscalización del Congreso del Estado, quienes, además, acordaron que el próximo lunes recibirán el informe de resultados de las cuentas públicas de los entes fiscalizables por parte del Órgano de Fiscalización Superior (OFS) y con los cuales se basarán para aprobar los dictámenes.
Los lineamientos, sin embargo, deberán ser aprobados por el Pleno del Congreso local, lo que se espere suceda este viernes.
Cabe recordar que en 2022cada cuenta pública fue aprobada siempre que el ente fiscalizable lograra una puntuación de al menos 70 puntos de una evaluación que abarca diversos aspectos, tales como la presentación en tiempo y forma de las cuentas públicas; el porcentaje del probable daño patrimonial con respecto al total de recursos ejercidos; omisiones en la licitación de obras; casos de nepotismo; nombramiento de personal sin perfil; solventación de recomendaciones o de comprobación, así como de daño patrimonial.
A todos esos aspectos los diputados les asignaron un puntaje, y con la suma de los mismos definieron la calificación que sirvió para elaborar el dictamen, el cual fue en sentido aprobatorio cuando la puntuación era igual o mayor a 70 puntos.
Además de lo anterior, la Comisión de Finanzas no recibió propuestas de solventación de las observaciones y recomendaciones emitidas por el OFS, dando con ello cumplimiento al artículo 51 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Tlaxcala y sus Municipios.
Cabe recordar que la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del estado de Tlaxcala y sus Municipios, establece que el OFS entregará los informes individuales de las auditorías practicadas a la cuenta pública de los entes fiscalizables al Congreso, a través de la Comisión de Finanzas, a más tardar el día 15 de julio del año siguiente al ejercicio fiscalizado.
Por su parte, la Constitución Política local señala que la dictaminación deberá efectuarse a más tardar el 31 de agosto posterior al ejercicio fiscalizado.