Mariana LOVERA// El Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala resolvió, por mayoría de dos votos, que el presidente municipal incurrió en Violencia Política contra la Mujer en Razón de Género (VPMRG) al obstaculizar el ejercicio del cargo de la denunciante
En sesión extraordinaria pública y virtual, las magistraturas del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) determinaron acreditada la VPMRG denunciada por la Síndica del Municipio de Españita, dentro del Procedimiento Especial Sancionador TET-PES-001/2026. Como consecuencia, impusieron al edil una multa equivalente a 100 Unidades de Medida y Actualización (UMA) vigentes en el estado —la mínima prevista en la Ley Electoral— y le ordenaron inscribirse y concluir satisfactoriamente un curso en materia de Violencia Política contra la Mujer en Razón de Género, como medida de satisfacción y no repetición.
El análisis del caso se realizó con perspectiva de género, aplicando valoración probatoria reforzada y reversión de la carga probatoria, conforme a los criterios de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), ante las dificultades que enfrentan las víctimas para acreditar este tipo de violencia.
Conductas acreditadas
De acuerdo con el expediente, quedaron probadas diversas acciones del presidente municipal, la tesorera municipal y la secretaria del Ayuntamiento de Españita:
· Omisión de respuesta a diversos oficios de solicitud presentados por la síndica en ejercicio de su cargo.
· Intervenciones de la denunciante que no fueron asentadas en las actas de Cabildo.
· Instrucción al personal del Ayuntamiento para que no proporcionara información a la síndica.
· Durante una reunión del 17 de enero de 2025 en la Secretaría del Ayuntamiento, el presidente municipal le manifestó a la denunciante que, si no firmaba la cuenta pública, el contralor podría hacerlo en su lugar, lo que implicaría que ella ya no podría tomar decisiones.
· Diversas expresiones que reproducen estereotipos de género y minimizan su capacidad por el hecho de ser mujer.
Daños psicológicos y exclusión institucional
Los dictámenes periciales en psicología practicados por especialistas de la Coordinación de Género y No Discriminación del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) y de la Secretaría de las Mujeres coincidieron en que la denunciante presenta afectaciones emocionales y cognitivas asociadas a los actos de violencia política de género: ansiedad, depresión moderada, miedo, estado de alerta y reexperimentación de los hechos, lo que incide directamente en su bienestar y en el ejercicio de sus funciones públicas.
Por su parte, los informes de trabajo social de ambas instituciones concluyeron que la participación de la síndica dentro del Ayuntamiento ha estado marcada por dinámicas de exclusión, intimidación y obstrucción. Señalaron que la violencia no solo se expresa en actos individuales, sino también en prácticas institucionales, y se basaron en testimonios de diversas personas requeridas por la autoridad sustanciadora, quienes refirieron expresiones del presidente municipal que reproducen roles de género.
Elementos de la infracción
El Tribunal consideró actualizados los elementos constitutivos de VPMRG:
· Las conductas ocurrieron en el ejercicio de funciones públicas.
· Fueron dirigidas a una mujer en el desempeño de un cargo de elección popular.
· Se basaron en estereotipos de género.
· Tuvieron como resultado obstaculizar, invisibilizar y limitar el ejercicio de su cargo, colocándola en situación de desventaja frente a sus pares.
Voto particular y posturas
La magistrada Claudia Salvador Ángel emitió un voto particular, al considerar que el asunto corresponde a una problemática política municipal por obstrucción del cargo, en la que no se acreditaron las circunstancias de tiempo, modo y lugar exigidas para configurar VPMRG.
En contraposición, la magistrada presidenta Esther Terova Cote defendió el criterio mayoritario con base en las probanzas que comprueban los hechos, lo planteado por la actora y las declaraciones de los requeridos. Señaló que no se debe normalizar lo sucedido en el cabildo.
El magistrado Ángel Magdiel Benítez Pérez, quien se sumó al proyecto, puntualizó que existen pruebas plenas y que se tomaron en cuenta sentencias y razonamientos del TEPJF en materia de VPMRG para declarar su existencia en el caso.