La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por unanimidad, confirmó la resolución del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) que ratificó la validez de una sesión extraordinaria del Consejo Estatal del Partido Acción Nacional (PAN) y, por otra parte, revocó la resolución del TET que declaró a diversa persona como consejero exoficio integrante del Consejo Estatal y de la Comisión Permanente.

Al dictar la sentencia del SCM-JDC-311/2022, el pleno determinó que no asiste razón a la parte actora respecto a que la sesión no estuvo debidamente convocada, porque de la valoración de diversa documentación se desprendía que las notificaciones física y electrónica fueron acordes con las disposiciones partidistas respectivas.

Se explicó también que fue conforme a derecho que el Tribunal local concluyera que el quorum exigido por los Estatutos del PAN quedó satisfecho, debido a que se constató la presencia de más de la mitad de las personas integrantes del Consejo Estatal.

Además, en el juicio SCM-JDC-312/2022, el pleno concluyó que TET fue omiso de analizar las causas de improcedencia -definitividad- del juicio relativo a la designación de una persona como integrante exoficio de los órganos referidos porque se debió agotar la instancia intrapartidista para conocer la impugnación.

En consecuencia, la sala regional confirmó la resolución impugnada que ratificó la validez de una sesión extraordinaria del Consejo Estatal del PAN y revocó la resolución que declaró a diversa persona como consejero exoficio para que la instancia intrapartidista resuelva.