Mariana LOVERA// La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió invalidar la auditoría realizada al municipio de Contla de Juan Cuamatzi por el Órgano de Fiscalización Superior del Congreso de Tlaxcala, al determinar que no existió un convenio previo con la Auditoría Superior de la Federación (ASF) que permitiera revisar el uso de recursos federales.
La decisión no impide que en el futuro se lleven a cabo revisiones al municipio; sin embargo, para ello será necesario que el Congreso local formalice un acuerdo de coordinación con la autoridad federal correspondiente.
El fallo fue aprobado por unanimidad del Pleno, respaldando el proyecto presentado por la ministra Loretta Ortiz Ahlf, quien propuso dar la razón al municipio en la controversia constitucional que interpuso contra el Informe Individual de Resultados de la fiscalización de su cuenta pública, así como contra los acuerdos derivados de dicho documento, todos correspondientes a 2024.
De acuerdo con la resolución, tanto el informe como las determinaciones del Congreso estatal se sustentaron en auditorías que excedieron las facultades del Poder Legislativo local y de su órgano técnico, al invadir competencias reservadas al ámbito federal.
La ministra explicó que la Constitución establece con claridad la distribución de atribuciones en materia de fiscalización: la ASF es la encargada de supervisar el uso de recursos federales ejercidos por cualquier entidad pública, incluidos los municipios, mientras que las instancias locales solo pueden revisar recursos de carácter estatal.
Asimismo, subrayó que, en el caso de participaciones federales, la Carta Magna contempla mecanismos específicos para su fiscalización, ya sea de forma directa por la autoridad federal o mediante convenios de coordinación, con el fin de evitar duplicidades y garantizar el respeto a las competencias de cada nivel de gobierno.