Mariana LOVERA// El Tribunal Electoral de Tlaxcala determinó desechar de plano las demandas promovidas por José Alonso Trujillo Domínguez contra oficios emitidos por la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones, al considerar que dichos actos forman parte de investigaciones preliminares y no representan una afectación jurídica definitiva.
Durante la resolución de los expedientes TET-JE-042/2026 y TET-JE-043/2026, el Pleno del Tribunal concluyó que los requerimientos impugnados corresponden a diligencias internas dentro de Procedimientos Ordinarios Sancionadores, cuyo objetivo es recopilar información antes de emitir una resolución.
El primer procedimiento se originó por una presunta vulneración al artículo 134 de la Constitución Federal, relacionado con los principios de equidad, imparcialidad y neutralidad electoral. La investigación derivó de la publicación de dos videos en Facebook que podrían constituir promoción indebida o uso irregular de imagen pública.
El segundo caso surgió a partir de una queja presentada por el representante suplente del Partido Verde Ecologista de México, relacionada con presuntas actividades, grabaciones, expresiones y manifestaciones realizadas dentro del Colegio de Bachilleres del Estado de Tlaxcala, vinculadas con la imagen o el nombre del presidente municipal de Tlaxcala.
En ambos asuntos, el promovente solicitó la nulidad de los requerimientos, la improcedencia de los procedimientos sancionadores y que la autoridad electoral se abstuviera de continuar con actos de investigación.
Sin embargo, el Tribunal resolvió que los oficios emitidos por el ITE no constituyen resoluciones definitivas ni generan un perjuicio inmediato, ya que forman parte del trámite ordinario de investigación. Por ello, consideró improcedentes las impugnaciones y desechó las demandas por unanimidad.
La decisión se sustentó en los artículos 23 y 24 de la Ley de Medios de Impugnación, los cuales establecen que únicamente pueden combatirse actos firmes y definitivos que afecten directamente los derechos de una persona.