La Comisión Estatal de Derechos Humanos de Tlaxcala (CEDHT) emitió este martes un posicionamiento oficial respecto a la resolución aprobada por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) el pasado 2 de diciembre de 2025, relativa a la Acción de Inconstitucionalidad 89/2024, que analiza diversas disposiciones de la Ley de Salud del Estado.

La CEDHT aclaró que el Pleno de la SCJN únicamente ha votado el proyecto, por lo que la versión final de la sentencia —el engrose— aún no se encuentra disponible y podría tardar algunos meses en publicarse de manera íntegra.

❗ Lo que invalidó la Suprema Corte

La sentencia declara inválidos varios artículos de la Ley de Salud de Tlaxcala que vulneraban derechos fundamentales, entre ellos:

  • Disposiciones que condicionaban la atención médica a víctimas de violencia familiar o sexual a la apertura de una carpeta de investigación.

  • Normas que exigían autorización de madres, padres o tutores para que niñas y adolescentes accedieran a la anticoncepción de emergencia.

  • Requisitos que supeditaban la interrupción legal del embarazo a una autorización previa del Ministerio Público.

La Comisión señaló que esta resolución representa un avance crucial para eliminar barreras que provocaban revictimización, afectaban la autonomía de las mujeres y limitaban su acceso inmediato a servicios de salud.

👩‍⚕️ Un fallo que obliga a transformar la atención médica y la legislación

La CEDHT explicó que, una vez que la declaratoria de invalidez surta efectos tras notificarse al Congreso del Estado, todas las instituciones del estado de Tlaxcala estarán obligadas a adecuar su marco normativo y sus prácticas internas al contenido del fallo.

El organismo precisó las obligaciones de cada institución:

  • Poder Legislativo: iniciar de inmediato la armonización de la Ley de Salud para eliminar cualquier disposición contraria al mandato de la SCJN.

  • Poder Ejecutivo / Secretaría de Salud: emitir lineamientos, protocolos y circulares para asegurar atención médica sin condicionamientos.

  • Fiscalía General del Estado: abstenerse de exigir trámites ministeriales previos para brindar servicios de salud y ajustar la coordinación con instituciones médicas.

  • DIF Estatal y Ayuntamientos: adaptar programas de protección y difundir los derechos garantizados por el fallo, con enfoque especial en comunidades rurales, indígenas y poblaciones vulnerables.

🕊️ CEDHT: acompañamiento, vigilancia y posibles acciones de queja

La Comisión Estatal de Derechos Humanos aseguró que estará vigilante del cumplimiento de la sentencia y que acompañará a las personas que enfrenten resistencia institucional, además de promover capacitaciones para servidores públicos.

Asimismo, advirtió que, de detectarse incumplimiento, se iniciarán las acciones de vinculación o queja correspondientes.

🤝 Llamado a instituciones y ciudadanía

Finalmente, la CEDHT convocó a los tres niveles de gobierno, a organizaciones civiles y a la ciudadanía a colaborar para que este fallo histórico “se traduzca en una realidad tangible que mejore la vida de todas las personas en Tlaxcala, especialmente mujeres, niñas, adolescentes y personas con capacidad de gestar”.

La institución reiteró que la salud, la dignidad y la vida deben protegerse sin condiciones.