• La noche del día miércoles votamos en lo general y en las primeras horas de este jueves en lo particular la reforma en materia electoral, expresó.

La madrugada de este jueves, la Cámara de Diputados aprobó en lo particular el llamado “Plan B” de la Presidenta Claudia Sheinbaum Pardo en materia electoral, que reforma los artículos constitucionales 115, 116 y 134 para fortalecer los principios de austeridad republicana y reducir privilegios en el ejercicio del poder público.

Así lo informó el Diputado Federal por Tlaxcala, Raymundo Vázquez Conchas, quién explicó que la sesión ordinaria del miércoles culminó en las primeras horas de este día, con la votación en lo general y en lo particular sobre la iniciativa presidencial, que ahora se remitirá a las legislaturas de los estados para sus efectos constitucionales.

Seguida de esta reforma se continuó con el trabajo legislativo y el Congresista Ray Vázquez acompañó al Presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo), Ricardo Monreal, para informar la modificación de la reforma en comento y la reforma de modificación al artículo 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

Ray Vázquez destacó que para la aprobación de la llamada reforma “Plan B” se contó con mayoría calificada en la votación particular, con 343 votos a favor de Morena con el apoyo de los grupos parlamentarios del PT, PVEM e incluso MC, y 124 en contra y una abstención del PRI y PAN.

La iniciativa en materia electoral presentada por la Presidenta de la República,  busca hacer ajustes en la integración y funcionamiento de los ayuntamientos y congresos locales, establece límites presupuestarios a las remuneraciones de funcionarios electorales y prevé disposiciones transitorias para la implementación progresiva de dichas medidas, así como la reasignación de los recursos generados por los ahorros hacia fines de interés social.

En el artículo 115 se precisa que cada municipio será gobernado por un ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un presidente o presidenta municipal, una sindicatura y hasta 15 regidurías, de conformidad con los principios de paridad de género vertical y horizontal, perspectiva de género e igualdad sustantiva en el acceso, integración y ejercicio del poder público municipal.

Mientras que en el artículo 116 señala que las constituciones estatales deberán establecer que el presupuesto anual de las legislaturas locales no exceda del 0.70 por ciento del presupuesto de egresos de la entidad federativa correspondiente.

Y en el artículo 134 subraya que las remuneraciones de las personas consejeras electorales, las magistradas y magistrados electorales, titulares de las secretarías de órganos administrativos  y titulares de áreas ejecutivas y técnicas y homólogos del Instituto Nacional Electoral, los organismos públicos locales electorales y los tribunales electorales de las entidades federativas, no excederán el límite establecido en el artículo 127 de la Constitución.

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