• El presidente de la Comisión de Asuntos Electorales reconoció que su propuesta contemplaba incorporar gradualmente a los municipios que nunca han sido gobernados por mujeres; la fórmula no quedó en esos términos en el dictamen aprobado por el Congreso.

Daniel Angulo | La reserva de 15 ayuntamientos para que únicamente mujeres puedan contender por las presidencias municipales en Tlaxcala no fue el mecanismo que originalmente planteó el diputado Silvano Garay Loredo en la reforma electoral que impulsó desde el Congreso local.

El legislador reveló que su iniciativa contemplaba distribuir la incorporación de los municipios históricamente gobernados por hombres en dos procesos electorales, con un esquema de 50 por ciento en cada elección.

En entrevista, el presidente de la Comisión de Asuntos Electorales explicó que esa era la propuesta que se presentó inicialmente, pero durante la elaboración del dictamen se buscaron acuerdos entre las distintas fuerzas políticas, por lo que la reforma terminó con una configuración diferente.

“Nosotros traíamos en iniciativa esa inclusión de los municipios que faltaban, que no habían sido gobernados por mujer. Lo que nosotros traíamos en iniciativa (…) es que del total fueran 50 (por ciento) en un proceso electoral y 50 (por ciento) en otro proceso electoral”, expuso.

Garay Loredo sostuvo que el documento finalmente aprobado fue resultado de una construcción de consensos y defendió que la modificación representó un primer avance para actualizar la legislación electoral de Tlaxcala, que llevaba más de una década sin una reforma de fondo; sin embargo, no explicó qué modificaciones se hicieron a la propuesta original ni por qué el esquema de distribución gradual no quedó establecido en esos términos.

La diferencia entre ambos planteamientos adquiere relevancia ante las impugnaciones que enfrenta la determinación del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) de reservar 15 presidencias municipales exclusivamente para mujeres, medida que ha sido cuestionada por partidos políticos y actores que consideran que el organismo electoral rebasó sus atribuciones al establecer una distribución que no aparece expresamente en la legislación.

Al respecto, el diputado evitó pronunciarse sobre una posible omisión del Poder Legislativo y señaló que existen antecedentes de otros estados donde se han presentado controversias similares. Entre ellos mencionó Aguascalientes, Jalisco y Guerrero, cuyos casos, dijo, forman parte de los estudios que han revisado desde la Comisión de Asuntos Electorales.

En Aguascalientes, el Tribunal Electoral estatal revocó en julio de 2026 la reserva exclusiva para mujeres en seis presidencias municipales, al considerar que el instituto electoral había excedido sus facultades reglamentarias. Como consecuencia, ordenó replantear la medida y el organismo incorporó bloques de competitividad para distribuir las postulaciones femeninas entre municipios con diferentes niveles de votación, evitando concentrarlas en aquellos donde los partidos tienen menores posibilidades de triunfo.

En Jalisco, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación también revocó parcialmente, en junio pasado, las determinaciones que respaldaban la reserva de ocho ayuntamientos para candidaturas exclusivas de mujeres. El tribunal consideró que el instituto electoral local había ido más allá de sus atribuciones, pues la legislación ya contemplaba mecanismos de paridad horizontal, vertical y transversal, así como bloques de competitividad para garantizar una participación efectiva.

El caso de Guerrero también exhibe las dificultades jurídicas de este tipo de medidas. En septiembre, la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó el modelo legislativo que pretendía establecer candidaturas exclusivas para mujeres en 20 municipios históricamente sin presidentas municipales.

Posteriormente, el instituto electoral local aprobó una nueva reserva de 18 ayuntamientos para el proceso 2026-2027, pero el Tribunal Electoral estatal determinó el pasado 29 de octubre que la medida solamente subsistirá en tres municipios, mientras que en otros 15 deberán realizarse consultas a comunidades indígenas y afromexicanas antes de aplicar acciones afirmativas.

Ante estos precedentes, el petista consideró que todavía es necesario esperar el desarrollo de la cadena impugnativa en Tlaxcala y la resolución de las autoridades jurisdiccionales, particularmente de la Sala Superior, que tendrá que pronunciarse sobre los argumentos presentados contra la determinación del ITE.

“Todo partido tiene derecho a impugnar”, sostuvo, al tiempo que reiteró que desde el Congreso del Estado existe disposición para respaldar las medidas que permitan avanzar en la participación política de las mujeres.

El legislador también defendió que la reforma electoral incorporó disposiciones para garantizar la paridad en el registro de candidaturas y que, cuando exista un número impar de postulaciones, el espacio restante corresponda al género femenino, como una forma de atender la deuda histórica que existe con las mujeres.

Finalmente, insistió en que la reforma debe entenderse como un primer paso y no como un proceso concluido.

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