• La propuesta de la priista contempla multas de hasta 360 UMAs y agravantes cuando el responsable sea familiar, tutor o tenga autoridad sobre la víctima; excluye actividades familiares y comunitarias que no impliquen explotación.

Daniel Angulo | Penas de hasta cinco años de prisión y multas de 360 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) contempla la propuesta de reforma al Código Penal de Tlaxcala para castigar la explotación laboral de niñas, niños y adolescentes, impulsada por la diputada del PRI, Sandra Guadalupe Aguilar Vega.

El proyecto presentado este martes a la asamblea busca incorporar un tipo penal específico para sancionar a quienes obtengan beneficios mediante el trabajo de personas menores de edad cuando existan condiciones de violencia, amenazas, engaño, coacción o aprovechamiento de su vulnerabilidad.

La propuesta no considera delito cualquier actividad que realicen niñas, niños y adolescentes; el objetivo según la enmienda es establecer una diferencia entre las labores que pueden desarrollarse de manera lícita y aquellas que representan una forma de sometimiento o explotación económica, particularmente cuando afectan la integridad, la salud o el desarrollo de los menores.

Entre las conductas que se pretenden sancionar también se encuentran aquellas que obstaculicen sustancialmente el acceso, la asistencia o permanencia en la escuela, así como la retención o disposición indebida del producto o beneficio generado por el trabajo de la víctima.

El proyecto establece penas de dos a cinco años de prisión y multas de 144 a 360 UMAs; sin embargo, las sanciones podrían aumentar hasta en una mitad cuando el responsable tenga parentesco, tutela, guarda, custodia, cuidado, educación o autoridad sobre el menor y utilice esa relación para cometer la conducta.

La reforma también busca evitar que la tipificación penal alcance actividades que forman parte de la convivencia familiar o de las tradiciones comunitarias.

Por ello, contempla adicionar el artículo 367 Ter para precisar que la participación de menores en labores familiares, comunitarias, culturales, artesanales o de transmisión de conocimientos tradicionales no constituirá por sí misma un delito.

La excepción estaría condicionada a que esas actividades respeten la dignidad y los derechos de la niñez, no impliquen violencia, engaño o explotación económica indebida, no pongan en riesgo su integridad y tampoco interfieran sustancialmente con su educación.

En la exposición de motivos, Aguilar Vega plantea que el problema no debe analizarse únicamente por la existencia de una actividad laboral, sino por las condiciones en que se desarrolla y el beneficio que obtiene quien se aprovecha del trabajo de una persona menor de edad. La reforma fue enviada a comisiones para su análisis y discusión correspondiente.

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